El Departamento de Desarrollo Académico coordina el programa de tutorías a los estudiantes y la actualización y formación de la planta docente de esta institución.
Responsable MTRA. María Susana Valle Solís.
TUTORÍAS:
CENTRO DE INFORMACIÓN:
REGLAMENTO INTERNO
La finalidad de este reglamento es normar los servicios que brinda el centro de información a los usuarios y establecer lineamientos y objetivos para su mejor funcionamiento y operación.
- Art. I: El horario del centro de información será de 7:00 am a 19:00 hrs. de lunes a viernes en días hábiles. La suspensión del servicio será sólo por causas de fuerza mayor, pudiéndose modificar de acuerdo a las necesidades del usuario.
- Art. II: Se entiende por usuario a los beneficiarios del centro de información y puede ser:
- Internos: comprende a todo el personal del tecnológico. Alumnos, Personal Docente y Personal Administrativo.
- Externos: son todos aquellos lectores que por sus necesidades de información o conocimientos hagan uso de los servicios del centro de información y que no formen parte del tecnológico.
- Art. III: El centro de información proporciona a los alumnos los siguientes servicios:
- Préstamo Interno con Estantería Abierta: Servicio mediante el cual el usuario puede consultar el material dentro de las instalaciones del centro de información.
- Préstamo Externo: Este Servicio es exclusivamente de los usuarios internos en términos del presente reglamento.
- Asesoría e Información: Consiste en guiar a los usuarios hacia el conocimiento de los temas que cubre el acervo, su ordenamiento y en general sobre el uso de las fuentes de información.
- Sala Audiovisual: Espacio para la proyección de videos, documentales, clase o reunión previamente reservado, en los horarios disponibles y en los términos del presente reglamento.
- Cubículos grupales: Espacios para estudio en grupo previamente reservado, en horarios disponibles y en los términos del presente reglamento.
- Catalogo de consulta: Equipo destinado a ofrecer información sobre las colecciones del centro de información.
- Servicio de Internet: Servicio de acceso a internet previa solicitud y registro en mostrador, con fines académicos y con la obligación del resguardo y cuidado del equipo asignado.
- Avisos: Servicio de información de prestamos vencidos, multas pendientes, nuevas adquisiciones y usuarios distinguidos.
- Art. IV: A la entrada y salida todos los usuarios deberán registrarse en la bitácora de visitas y aquellos que lleven consigo objetos voluminosos deberán ser susceptibles de inspección o deberán depositarlos en el lugar indicado por el encargado del Centro de Información.
- Art. V: El préstamo interno se dará a todos los usuarios con estantería abierta, podrá tomar hasta tres ejemplares simultáneamente.
- Art. VI: Para solicitar préstamo externo o a domicilio los usuarios internos deberán presentar la credencial escolar vigente, en caso de no contar con la misma, deberá presentar la carga académica.
- Art. VII: El material consultado en el centro de información por los usuarios deberá ser registrado en la papeleta de préstamo interno y a su termino depositado en el área asignada para dicha actividad, por ningún motivo será regresado por estos a la estantería.
- Art. VIII: El préstamo a domicilio es exclusivo de usuarios Internos. Los alumnos tienen derecho a préstamo de libros hasta un máximo de dos por un periodo de 48 horas. Los docentes tienen derecho a dos libros por materia que imparten siendo el préstamo por el periodo semestral; los alumnos residentes tienen derecho a 2 libros por periodo de entrega de cada uno de los reporte de residencia.
- Art. IX: Los prestamos a domicilio podrán renovarse solamente por un periodo mas, siempre y cuando los libros en cuestión no sean requeridos por otro usuario, en cuyo caso, estos deberán permanecer en el centro de información.
- Art. X: Cuando los usuarios soliciten el préstamo a domicilio registrarse en el sistema de base de datos vigente. Al devolver la obra deberán cerciorarse que el personal del centro de información realice la baja del préstamo en el Sistema.
- Art. XI: En caso de mutilación o deterioro de la obra, el usuario se responsabilizara de lo anterior y queda sujeta su reposición o compostura según lo que estipule el centro de información.
- Art. XII: El usuario pudiera verificar, las condiciones físicas de los materiales que ha obtenido en préstamo tanto interno como a domicilio puesto que al recibirlo se hace responsable de cualquier desperfecto que pudría sufrir
- Art. XIII: El Centro de Información extenderá a cada uno de los usuarios interno un comprobante de no adeudo bibliográfico este será requisito indispensable cuando el usuario se separe temporal o definitivamente de la institución. Así como también para dar continuidad al proceso de reinscripción.
- Art. XIV: No es susceptible de préstamo a domicilio:
- Todo el material de consulta, como es diccionarios, enciclopedias, manuales, directorios, etc.
- Obras de proceso técnico o de encuadernación.
- Obras costosas.
- Material del INEGI.
- Libros de reserva.
- Libros del cual existe un solo ejemplar en el centro de información (libro único).
- Art. XV: Todos los usuarios no tienen permitido:
- Fumar, Hablar en voz alta , Masticar chicle.
- Introducir cualquier tipo de comida o bebida.
- Solicitar para uso personal materiales de trabajo, mobiliario y equipo destinado para el uso exclusivo del centro de información.
- Sacar del centro de información libros sin haber dejado el comprobante respectivo.
- Art. XVI: Los usuarios interno que no devuelvan las obras en el plazo establecido, se harán acreedores de una multa de $6.00 pesos por cada día de retraso y la suspensión de los servicios del centro de información por un tiempo de tres días hábiles en el primer día de retraso, acumulando dos días hábiles por cada día de retraso después del primero. La reincidencia causara sanciones mayores.
- Art. XVII: En caso de perdida del material prestado, el usuario deberá reponerlo a la biblioteca. Si el libro perdido no se encontrara a la venta, las autoridades del centro de información, determinaran el titulo que ha de sustituir.
- Art. XVIII: El Usuario, que sea sorprendido mutilando, rayando maltratando y en general haciendo uso indebido del acervo del centro de información, y del mobiliario de la misma, se hará acreedor a la suspensión definitiva de todos los servicios del centro de información por tiempo indefinido. Además deberá cubrir el costo total de la reparación del daño.
- Art XIX: Son obligaciones de los usuarios:
- Responsabilizarse del material que se le confía en calidad de préstamo, tanto interno como externo.
- Contribuir en la preservación del edificio, mobiliario, equipo y acervo del centro de información.
- Sujetarse a los mecanismos de control administrativos, de seguridad y vigilancia que sean establecidos por el centro de información.
- Guardar el debido respeto y consideración a los demás usuarios, así como al personal del centro de información.
- Cumplir con las fechas que se establezcan en la devolución del material prestado.
- Art. XX: Cuando un usuario sea sorprendido o se le compruebe que con premeditación ha sustraído, rayado o deteriorado material bibliográfico, mobiliario y equipo y en general cualquier bien del centro de información, le serán suspendidos todos los servicios de la misma por tiempo indefinido, además deberá pagar la reparación del bien.
- Art. XXI: Lo no previsto en el reglamento será resuelto primeramente por la división académica y los afectados. De persistir las diferencias el asunto será turnado a la Dirección del Instituto.
- Articulo XXII: El presente reglamento entrara en vigor cuando sea aprobado por la Dirección del Instituto y quedara sometido a revisiones periódicas.
TUTORIAS
El acompañamiento de forma grupal o individual con propósito de contribuir a la formación integral de los estudiantes.
HORARIO DE TUTORIAS
HORARIO DE CONFERENCIAS
TUTORES
SISTEMA DE IGUALDAD LABORAL Y NO DISCRIMINACIÓN
OBJETIVO
Fijar las bases para el reconocimiento público de los centros de trabajo que demuestran la adopción y el cumplimiento de procesos y prácticas a favor de la igualdad laboral y no discriminación.
COMITÉ
SUBCOMITÉ DE ÉTICA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS